Compra de valores

Según la norma 8ª de las normas de valoración del PGC, el precio de adquisición de estos valores negociables estará constituido por el importe total satisfecho o que deba satisfacerse (puede quedar parte del importe pendiente del desembolso), incluidos los gastos inherentes de la operación.

Para entender mejor todo lo expuesto, como siempre, un ejemplo.

Supongamos una compra a través del Banco XXX (ya sé que es un nombre poco original, pero se trata de un ejemplo), de 1.000 acciones de 7 euros nominal, al 150%, siendo los corretajes: 5 por 1.000, los impuestos 5 euros, la comisión bancaria 10 euros, y los gastos de correo 1 euro.

Precio de compra: (1000 *7*150)/100
10500
Corretaje
52,5
Impuestos
5
Comision Bancaria
10
Correo
1
COSTE TOTAL
10568,5

El coste de cada título será: 10.568,5/1.000 = 10,57 euros (redondeando)

El asiento contable de la compra de la será, suponiendo que se trata de una inversión con carácter temporal:


10.568,5
(540) Inversiones financieras temporales en instrumentos de patrimonio
a



(572) Bancos



10.568,5


Otro ejemplo:

Si se tratase de una suscripción de 1.000 acciones a 10 euros nominal, cuyo valor de emisión es a la par, pero sólo se exige un desembolso del 25% en el momento de la suscripción:


10.000
(540) Inversiones financieras temporales en instrumentos de patrimonio
a
a



(572) Bancos
(549) Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a corto plazo



2.500

7.500




Y, en el momento en el que sea exigido, contabilizaremos:


7.500
(549) Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio a corto plazo
a



(556) Desembolsos exigidos sobre participaciones en el patrimonio neto



7.500

Y cuando se haga el desembolso:


7.500
(556) Desembolsos exigidos sobre participaciones en el patrimonio neto
a



(570) Caja



7.500

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