Entradas

Mostrando entradas de abril, 2014

Cobro de la renta de inversiones financieras (I)

Ya se ha visto que unos títulos son de renta fija y otros de renta variable; pero casi todos ellos tienen una retención fiscal que actualmente está establecida en un 21%. Es decir, que el inversor no recibirá la renta íntegra, sino la renta neta, cargando la retención a la cuenta 473 (Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta). Veamos los pasos a seguir para contabilizar el cobro. Me referiré al supuesto general de cobro de rentas de valores negociables (dividendos o intereses), cuando no se había contabilizado previamente ningún devengo de las mismas o no se adquirieron con cupón corrido los intereses explícitos. (572)Bancos (473)Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta a a (760) Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio (761) Ingresos de valores representativos de deuda 100% Los importes cargados en la cuenta 473 (Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta) se carga...

Compra de valores (II)

Tratamiento del cupón corrido en la adquisición de valores negociables Si se trata de la compra de valores en cuyo precio está incluida la renta que han devengado hasta la fecha de la operación, habrá que tener en cuenta lo que determina la Norma de Registro y Valoración del Plan General Contable (PGC) : «El importe de los dividendos devengados o de los intereses explícitos devengados y no vencidos en el momento de la compra no formarán parte del precio de adquisición. Dichos dividendos o intereses se registrarán de forma independiente, atendiendo a su vencimiento. A estos efectos, se entenderá por intereses explícitos aquellos rendimientos que no formen parte del valor de reembolso.» Teniendo en cuenta este criterio de valoración, la definición del PGC para la cuenta (546) Intereses a corto plazo de inversiones financieras establece: «Se cargará, a la suscripción o compra de los valores, por el importe de los intereses corridos y no vencidos, cuyo vencimiento sea in...

Compra de valores

Según la norma 8ª de las normas de valoración del PGC, el precio de adquisición de estos valores negociables estará constituido por el importe total satisfecho o que deba satisfacerse (puede quedar parte del importe pendiente del desembolso), incluidos los gastos inherentes de la operación. Para entender mejor todo lo expuesto, como siempre, un ejemplo. Supongamos una compra a través del Banco XXX (ya sé que es un nombre poco original, pero se trata de un ejemplo), de 1.000 acciones de 7 euros nominal, al 150%, siendo los corretajes: 5 por 1.000, los impuestos 5 euros, la comisión bancaria 10 euros, y los gastos de correo 1 euro. Precio de compra: (1.000 × 7 × 150) / 100 10.500,00 € Corretaje (5 ‰) 52,50 € Impuestos 5,00 € Comisión Bancaria 10,00 € Correo 1,00 € COSTE TOTAL 10.568,50 € ...

Valor de mercado

Según el apartado 2 de la norma de valoración 8ª del Plan General Contable, que se refiere a las correcciones valorativas de los valores negociables (inversiones financieras) : Los valores negociables sometidos a cotización oficial, en un mercado de valores, se contabilizarán, al final del ejercicio, por el precio de adquisición o el de mercado si éste fuese inferior a aquél. En este último caso, deberán dotarse las provisiones necesarias para reflejar la depreciación experimentada. No obstante, cuando medien circunstancias de suficiente entidad y clara constancia, determinen un valor inferior al precio de mercado antes indicado, se realizará la corrección valorativa que sea pertinente para que prevalezca dicho valor inferior. El precio de mercado será el inferior de los dos siguientes: cotización oficial media correspondiente al último trimestre del ejercicio; cotización del día de cierre del balance, o en su defecto, la del inmediato anterior. Para traducir estos párrafos a un l...

Valor efectivo

El importe real o efectivo de la operación será en las compras de valores igual al valor de cotización más gastos, y en las ventas será igual  al valor de cotización menos gastos. Dos son los gastos que acompañan siempre a una operación de compra-venta de valores (al menos que yo recuerde): el corretaje, que es la comisión que cobra la sociedad de valores o agencia de valores que interviene en la operación (agentes de cambio y bolsa, y corredores de comercio); Impuesto sobre las transacciones Patrimoniales que grava la compra (no la venta) de los valores mobiliarios. Aparte de estos gastos, si la compra o venta se encomienda a una institución financiera de crédito (bancos y cajas de ahorro), estas entidades cobrarán una comisión y otros gastos , como correo.

Valor de cotización

Antes de leer y estudiar esta entrada, te recomiendo que des un pequeño repaso . Bien, empecemos. Cuando los títulos cotizan en el mercado de valores, el valor de cotización o de cambio se fija por la ley de la oferta y la demanda, siendo muchos y muy diversos los factores que influyen en la fijación de la cotización o cambio: situación económico-financiera de la sociedad, situación económica sectorial (eléctricas, cementos, inmobiliarias...), perspectivas futuras de la sociedad, empresa y del sector, coyuntura de la política monetaria (cuando se habla de política monetaria, se habla sobre todo del precio del dinero, es decir, del tipo de interés), situación política y económica del país, coyunturas de los mercados internacionales, otros factores. Cuando los títulos no cotizan en el mercado de valores, la cotización se fijará por el valor teórico que se deduzca de los balances de esa sociedad. Al dividir el patrimonio neto por el número de acciones que componen el capit...

Cuentas de los grupos 6 y 7 relacionadas con los valores negociables

Estas cuentas se utilizarán para registrar los rendimientos de estas inversiones y los beneficios o pérdidas que puedan derivarse de su enajenación o amortización. 1. Los rendimientos (intereses y dividendos) que producen los valores negociables se abonarán: 760. Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio. 761. Ingresos por valores representativos de deuda 2. Las pérdidas por enajenación o amortización de valores se cargarán a: 666. Pérdida en participaciones y valores representativos de deuda. 3. Los beneficios por enajenación o amortización de valores se abonarán a: 766. Beneficios en valores negociables. 4. Los gastos por correcciones al existir una depreciación se cargarán a: 696. Pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a largo plazo. 698. Pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a corto plazo. 5. Los ingresos por correcciones, al recuperar el valor se abonarán a: 796. Rev...

Valores negociables (II) Inversiones financieras temporales

Para repasar el contenido de las cuentas de este subgrupo, pulsa aquí. En mi opinión, las cuentas que pueden presentar alguna dificultad de comprensión son: las cuentas 545, 546 y 549. La cuenta 545 (Dividendo a cobrar) representa los créditos por dividendos, sean definitivos o a cuenta (pendientes de cobro). Su funcionamiento contable será: 1. Por el dividendo a cobrar devengado y no cobrado: (545) Dividendo a cobrar a (760) Ingresos por participaciones de instrumentos del patrimonio Al cobrar, teniendo en cuenta la retención fiscal, que en Espala es (por ahora) del 21%: (572) Bancos (por el 79%) (473) Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (por el 21%) a (545) Dividendo a cobrar La cuenta 546 (Intereses a corto plazo de valores representativos de deuda), representa los intereses a cobrar, con vencimiento no superior a un año, de valores de renta fija. Hasta aquí, su contenido...

Valores negociables (I)

Voy a explicar ahora, en mayor profundidad, las inversiones financieras. Si necesitas repasar lo ya explicado con anterioridad, clica aquí. . Vamos a repasar las cuentas 256 y 259, pues creo que son las que pueden resultar de mayor dificultad. La cuenta 256 (Intereses a largo plazo de valores representativos de deuda) representará los intereses a cobrar con vencimiento superior a un año, de valores de renta fija. Según lo anterior, esta cuenta se utilizará normalmente en el caso de compra de valores de renta fija, con cupón cero, es decir, los intereses no se cobran periódicamente, sino que se consideran como tales la diferencia entre el precio de coste y el precio de amortización. Supongamos la compra de un título de renta fija, efectuada el día 01 de octubre de 2013, desembolsando 1.000 euros, cuya amortización será a los dos años y por un valor de reembolso de 1.200 euros. En este caso, los intereses (200 euros) no se cobrarán hasta el final de la inversión, pero habrá que i...

La prorrata del IVA (IV) Prorrata en los bienes de inmovilizado

Regularización del IVA en la adquisición de bienes de inversión El IVA soportado por la adquisición de bienes de inversión puede deducirse íntegramente en el año en que se efectúa la compra si la empresa no aplica la regla de prorrata (porque todas sus actividades otorgan derecho a deducción). Sin embargo, si la empresa realiza simultáneamente actividades con y sin derecho a deducción, el importe a deducir en el momento de la compra será el que resulte de aplicar el método de prorrata general provisional . Durante los 4 años siguientes al de la adquisición (o 9 años si se trata de terrenos o edificaciones), la normativa del IVA exige vigilar las prorratas definitivas anuales: Si la prorrata definitiva de cualquiera de esos ejercicios difiere en más de 10 puntos porcentuales de la prorrata definitiva del año de adquisición, será obligatorio ajustar la deducción realizada originalmente. Ejemplo práctico: Adquisición y regularización de inmovilizado La empresa XXX real...

La regla de la prorrata (III) Prorrata especial

El cálculo de la prorrata especial se ajustará a las siguientes reglas: Las cuotas soportadas por la adquisición de bienes o servicios utilizados exclusivamente en la realización de operaciones que originen el derecho de deducción, podrán deducirse íntegramente. Las cuotas soportadas en la adquisición de bienes y servicios utilizados exclusivamente en la realización de operaciones que no originen el derecho a deducir, no podrán ser objeto de deducción. Las cuotas soportadas en la adquisición de bienes y servicios utilizados sólo en parte en la realización de operaciones que originen derecho a deducir, serán deducibles en la parte que corresponda de la aplicación de la prorrata general. Comprendo que estos párrafos pueden sonar como algo muy complicado. A mí también me pasaba cuando era estudiante, y en mis primeros pasos como profesional. Espero que con este ejemplo no os resulte difícil de entender. Ejemplo: Para que resulte más sencillo la comparación entre ambos méto...

La regla de la prorrata (II)

La prorrata general en el IVA de circulante En el método de prorrata general , de todo el IVA soportado en las operaciones corrientes (gastos y compras de circulante) que desarrolla el sujeto pasivo, únicamente será deducible un porcentaje proporcional al volumen de ingresos procedentes de actividades que otorgan derecho a deducción. Para ilustrar este mecanismo, continuaremos con el supuesto del colegio que realiza dos actividades diferenciadas: enseñanza (actividad exenta sin derecho a deducción) y editorial (actividad sujeta con derecho a deducción). Datos de partida El inmueble es alquilado y se utiliza conjuntamente: una cuarta parte se destina a la actividad editorial y el resto a enseñanza. El alquiler mensual asciende a 2.000 € . Existe un único contador de electricidad. La factura del mes de enero de 2013 asciende a 200 € . Facturación del ejercicio anterior (2012): 3.000 € por ventas editoriales y 57.000 € por cuotas de enseñanza. Paso 1: Cálculo de l...

La regla de la prorrata (I)

Bueno, ahora voy a explicar la regla de la prorrata del IVA. Si necesitas echar un vistazo al tratamiento contable de este impuesto, puedes clicar aquí. La regla de la prorrata se aplicará a las deducciones cuando el sujeto pasivo realiza operaciones que dan derecho a deducción junto a otras que no dan derecho. Por ejemplo, supongamos un colegio, que además de la actividad de la enseñanza (actividad no sujeta al IVA), está dado de alta también como editorial (actividad si SUJETA A IVA). Para comprender mejor cuál va a ser la función de la prorrata, creo que hacer el asiento del pago de la luz, correspondiente al contador que controla la iluminación de los locales dedicados a la enseñanza, puede resultar útil (100 + 21% de IVA): 121 (628) Suministros a (570) Caja 121 Contabilicemos ahora el mismo recibo, pero suponiendo que corresponda al contador que controla el consumo de energía eléctrica de los locales dedicados a la editorial:...

Provisiones para otras operaciones de tráfico

La cuenta 499 (Provisión para otras operaciones de tráfico), al llevar en su concepto la palabra otras, no deberá utilizarse para las insolvencias. El Plan la define así (tras la definición, pondré un ejemplo): Provisiones para cobertura de gastos de devoluciones de ventas, garantías de reparación, revisiones y otros conceptos análogos. Ejemplo: 1. Las ventas con garantía realizadas por la empresa durante el año 2013 han ascendido a 200.000 euros, estimándose que dichas ventas originarán durante el siguiente año gastos dentro de garantía por un 10% de las ventas. Al cerrar el ejercicio del año 2013, se dota una provisión para la cobertura de dichos gastos: 20.000 (695) Dotación a la provisión por operaciones comerciales  a (4999) Provisión para otras operaciones comerciales  20.000 La cuenta 499 figurará en el pasivo del balance, en el apartado Acreedores a corto plazo. 2. Al cierre del ejercicio 2014, la empresa estima que durante e...

Contabilización de las provisiones para insolvencias de tráfico (II)

Otra alternativa consiste en hacer un seguimiento de saldos de clientes y deudores, dotando la empresa provisión en función de las posibles insolvencias individuales que se estimen . Ahora bien, hay que determinar cuándo un cliente o deudor se considera de dudoso cobro. El plan español define así las cuentas de clientes y deudores de dudoso cobro (lo escribo tal cual): Saldos, incluidos los formalizados en efectos de giro, en los que concurran circunstancias que permitan razonablemente su calificación como de dudoso cobro. De esta definición se deduce que no hay criterio contable cuantificado, sino que se apela a criterios razonables en función de las circunstancias. Esta indeterminación cuantitativa no puede hacer pensar en un posible agujero incontrolable de gastos, ya que toda insolvencia provisional computada como gasto habrá de computarse como ingreso si se recupera. Y esto se hace por medio de los siguientes asientos: 1. Consideramos de dudoso cobro al cliente JJJ, q...

Contabilización de las provisiones por insolvencias de tráfico (I)

Veamos una forma de contabilizar este tipo de provisiones. Disculpas por no haber escrito ninguna entrada esta semana. He tenido unos problemas técnicos, y no he tenido acceso a mi PC. Bueno, voy a comenzar. Una alternativa consiste en calcular al final del ejercicio una estimación global del riesgo de incobrables o fallidos en los saldos de clientes y deudores. En este caso, no intervendrán las cuentas 436 (Clientes de dudoso cobro) y 446 (Deudores de dudoso cobro), sino que partiendo de los saldos existentes en las cuentas de los subgrupos 43 (Clientes) y 44 (Deudores) al cierre del ejercicio, se hará un cálculo estimativo de las posibles insolvencias que puedan originarse en el siguiente ejercicio. Para ver y entender el procedimiento, explicaré el siguiente ejemplo: Supongamos que sobre unos saldos totales de 100.000 euros se estima un riesgo de insolvencia de 10% para el próximo ejercicio. El asiento al 31/12/2013 será: 10.000 (694) Pérdidas por deteri...