Reducción del capital social por adquisición de acciones propias

Esta forma de reducción está regulada en el artículo 170 de la LSA, titulado Reducción mediante adquisición de acciones propia, lo cual supone realmente una devolución de las aportaciones. En este caso, deberá ofrecerse la compra a todos los accionistas. 

Asientos contables a realizar:

1. Al adquirir las propias acciones, se hará:



(109) Acciones o participaciones propias para reducción de capital social





               a





(57) Tesorería


2. Las acciones adquiridas por la sociedad deberán ser amortizadas dentro del mes siguiente a la terminación del plazo de ofrecimiento de compra. Si el precio de adquisición coincide con el valor nominal, el asiento de amortización será:


(100) Capital social
        a
         



              
(109) Acciones o participaciones propias para reducción de capital social



3. Si hubiese alguna diferencia entre el importe de adquisición de las acciones y el valor nominal, esta diferencia se cargará o abonará a subcuentas del grupo 11 (Reservas)

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