Supongamos que una empresa comercial que se dedica a la venta de mobiliario. Dicho mobiliario ha sido adquirido a una empresa mayorista de muebles por un importe de 30.000 euros. Si el porcentaje del IVA a aplicar es del 21%, el IVA soportado en esta operación de compra ha sido de:
VALOR DE COMPRA DEL MOBILIARIO | | 30000 |
IVA SOPORTADO (30,000 * 0,21) | | 6300 |
| | |
TOTAL IMPORTE OPERACIÓN | | 36300 |
Si posteriormente, este mobiliario es vendido a un cliente o consumidor final por un importe de 35000 euros, el IVA repercutido y pagado por el cliente es de:
VALOR DE VENTA DEL MOBILIARIO | | 35000 |
IVA REPERCUTIDO (35000*0,21) | | 7350 |
| | |
TOTAL IMPORTE OPERACIÓN | | 42350 |
Por lo que la empresa ha repercutido a sus clientes un IVA por importe de 7350 euros, y ha soportado en las facturas de sus proveedores un IVA de 6300 euros, siendo la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado la cantidad que deberá ingresar a Hacienda.
IVA REPERCUTIDO |
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7350 |
IVA SOPORTADO |
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6300 |
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IVA A LIQUIDAR EN LA HACIENDA PUBLICA |
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1050 |
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