Operaciones de efectos con intervención bancaria (I)
Prescindiendo de las domiciliaciones de pago de letras y de los avales, dos son los supuestos fundamentales de operaciones de letras en los que el banco interviene: la negociación o descuento y la gestión de cobro o cobro adicional.
Nos referimos al descuento comercial; no al financiero. Negociar o descontar una letra es entregársela al banco para que él gestione el cobro de la misma, pero el banco nos anticipa el importe líquido, previo descuento de:
Límite de descuento
Al tratarse de un préstamo, previamente habrá habido que solicitar al banco lo que suele denominarse como línea de descuento, es decir, la posibilidad de negociar letras y el límite máximo de negociación. La entidad crediticia, al recibir la solicitud, demandará de la empresa solicitante la información que precise oportuna (balances, cuentas de resultados, relación de clientes...). En función de esa información, decidirá si concede o no la línea de descuento.
Descuento financiero
El descuento comercial se efectúa con letras originadas en operaciones de compra-venta de bienes o prestación de servicios; el descuento financiero, en cambio, tiene lugar con letras que se crean con la finalidad expresa de documentar un crédito. Normalmente, son los bancos e instituciones de crédito los libradores del efecto, por el nominal más los intereses
Negociación o descuento de letras
Nos referimos al descuento comercial; no al financiero. Negociar o descontar una letra es entregársela al banco para que él gestione el cobro de la misma, pero el banco nos anticipa el importe líquido, previo descuento de:
- intereses (por anticiparnos el importe antes del vencimiento),
- comisiones (por hacer la gestión de cobro),
- otros gastos de correo, administración...
Límite de descuento
Al tratarse de un préstamo, previamente habrá habido que solicitar al banco lo que suele denominarse como línea de descuento, es decir, la posibilidad de negociar letras y el límite máximo de negociación. La entidad crediticia, al recibir la solicitud, demandará de la empresa solicitante la información que precise oportuna (balances, cuentas de resultados, relación de clientes...). En función de esa información, decidirá si concede o no la línea de descuento.
Descuento financiero
El descuento comercial se efectúa con letras originadas en operaciones de compra-venta de bienes o prestación de servicios; el descuento financiero, en cambio, tiene lugar con letras que se crean con la finalidad expresa de documentar un crédito. Normalmente, son los bancos e instituciones de crédito los libradores del efecto, por el nominal más los intereses
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