Contenido y disposición en el Balance de las rúbricas de Activo y Pasivo (II)
El Pasivo se clasifica en los siguientes epígrafes:
No exigible. Integran este epígrafe el Capital social y las Reservas.
En concreto, está formado, principalmente, por las siguientes cuentas:
capital social;
Las reservas son los beneficios no repartidos por la sociedad y quedan en la misma para reforzar su posición económica y financiera.
Estas reservas pueden estar sujetas a un fin concreto o ser de libre disposición. Cabe destacar las siguientes:
Si la sociedad amplía su capital y exige como valor de emisión el valor nominal, el valor efectivo baja considerablemente. Si esta empresa pretende mantener el valor efectivo anterior a la de la ampliación, exigirá al accionista de una prima de emisión.
Para entenderlo mejor, veamos un ejemplo:
Una sociedad tiene los siguientes fondos propios:
Su capital está representado en 3.000 acciones de 1.000 euros nominales cada una (ya sé que es una exageración, pero es sólo un ejemplo).
El valor efectivo de cada acción es:
VE =Recursos propios /Número de acciones = 3.600.000 / 3.000 = 1.200 euros
Si emitiera 1.000 acciones a la par, el valor efectivo sería:
El valor efectivo será entonces:
VE = 4.600.000/4.000 = 1.150 euros
El valor efectivo, ha bajado en 50 euros por acción.
Luego, si la sociedad pretende mantener el mismo valor efectivo, emitiría sus acciones a un cambio de 120%. El accionista debería desembolsar 1.200 euros por acción, como valor de emisión.
El asiento en cuestión sería, por el desembolso:
La prima de emisión, es por tanto, un NO EXIGIBLE, como las reservas, pero se distinguen de éstas en su origen. Las reservas nacen de los beneficios que no se distribuyen; la prima de emisión nace de una aportación de los socios.
Siguen en la clasificación del Pasivo, el exigible por terceros. Según el plazo de exigibilidad se divide en:
Exigible a corto plazo. Incluye este epígrafe las deudas contraidas por la empresa cuyo plazo de exigibilidad es inferior a un año.
Resultados del ejercicio. Se incluyen aquí, hasta tanto que proceda su reparto, el beneficio del ejercicio. Decíamos que el beneficio comporta una parte de exigible (dividendos, impuestos), y otra de no exigible (reservas). Por ello, se incluyen en un epígrafe aparte.
No exigible. Integran este epígrafe el Capital social y las Reservas.
En concreto, está formado, principalmente, por las siguientes cuentas:
capital social;
- reserva legal;
- reserva estatutaria;
- reserva voluntaria;
- primas de emisión
- otras reservas.
Las reservas son los beneficios no repartidos por la sociedad y quedan en la misma para reforzar su posición económica y financiera.
Estas reservas pueden estar sujetas a un fin concreto o ser de libre disposición. Cabe destacar las siguientes:
- Reserva Legal. Como vimos, esta reserva está destinada a cubrir el saldo deudor de la cuenta de Resultados del ejercicio.
- Reserva estatutaria. Su fin, dotación, cuantía vendrán regulados por los estatutos de cada sociedad en particular.
- Reserva voluntaria. No tiene asignado ningún fin concreto y su reparto o utilización es competencia de la Junta General de Accionistas
- Prima de emisión. Es el sobre precio exigido al accionista sobre el valor nominal. Es la diferencia entre el valor de emisión y el valor nominal.
Si la sociedad amplía su capital y exige como valor de emisión el valor nominal, el valor efectivo baja considerablemente. Si esta empresa pretende mantener el valor efectivo anterior a la de la ampliación, exigirá al accionista de una prima de emisión.
Para entenderlo mejor, veamos un ejemplo:
Una sociedad tiene los siguientes fondos propios:
Capital social | 3000000 | |
Reservas | 600000 | |
TOTAL RECURSOS PROPIOS | 3600000 |
Su capital está representado en 3.000 acciones de 1.000 euros nominales cada una (ya sé que es una exageración, pero es sólo un ejemplo).
El valor efectivo de cada acción es:
VE =Recursos propios /Número de acciones = 3.600.000 / 3.000 = 1.200 euros
Si emitiera 1.000 acciones a la par, el valor efectivo sería:
Recursos propios antes de la ampliación | 3600000 | |
Ampliación a la par | 1000000 | |
Recursos propios tras la ampliación | 4600000 |
El valor efectivo será entonces:
VE = 4.600.000/4.000 = 1.150 euros
El valor efectivo, ha bajado en 50 euros por acción.
Luego, si la sociedad pretende mantener el mismo valor efectivo, emitiría sus acciones a un cambio de 120%. El accionista debería desembolsar 1.200 euros por acción, como valor de emisión.
El asiento en cuestión sería, por el desembolso:
1.200.000
|
(57 ) Tesorería
|
a
a
|
(100) Capital
Social
(110) Prima de
emisión
|
1.000.000
200.000
|
La prima de emisión, es por tanto, un NO EXIGIBLE, como las reservas, pero se distinguen de éstas en su origen. Las reservas nacen de los beneficios que no se distribuyen; la prima de emisión nace de una aportación de los socios.
Siguen en la clasificación del Pasivo, el exigible por terceros. Según el plazo de exigibilidad se divide en:
- exigible a largo plazo;
- exigible a corto plazo.
Exigible a corto plazo. Incluye este epígrafe las deudas contraidas por la empresa cuyo plazo de exigibilidad es inferior a un año.
Resultados del ejercicio. Se incluyen aquí, hasta tanto que proceda su reparto, el beneficio del ejercicio. Decíamos que el beneficio comporta una parte de exigible (dividendos, impuestos), y otra de no exigible (reservas). Por ello, se incluyen en un epígrafe aparte.
Entendido. Asi da gusto. Gracias
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