Cuentas que representan deudas a favor de Hacienda
En este epígrafe voy a referirme a las cuentas de deudas a favor de Hacienda, que se generan, normalmente, en relación al Impuesto sobre Sociedades (IS) y con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
(4751) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas: Registra el importe las retenciones tributarias efectuadas, pendientes de pago a la Hacienda Pública. Estas retenciones se producen cuando la empresa, por la legislación tributaria, actúa como sustituta del contribuyente; por lo que la propia empresa actúa como recaudadora de impuestos, reteniéndole el importe bruto a pagar. Por ejemplo, al pagar 3.000 euros de comisión a un agente mediador independiente, se le retiene el 15% en concepto de IRPF. La factura sería:
El asiento será:
La cuenta 4751 se saldará al efectuar el ingreso de la retención en Hacienda.
(4752) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades: Registra el importe pendiente del impuesto sobre sociedades a pagar.
Teniendo en cuenta que el impuesto sobre beneficios hay que contabilizarlo como un gasto, habrá que hacer un cálculo de la base imponible, y sobre este importe, se aplicará el tipo de gravamen que corresponda. Si la base imponible da negativa, el importe resultante de aplicar el tipo, se cargará en la cuenta 4745, a la que ya me he referido en la sección anterior.
Si la base imponible es positiva, habrá que realizar el siguiente asiento:
Las diferencias temporarias las veremos en Contabilidad Avanzada.
(4751) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas: Registra el importe las retenciones tributarias efectuadas, pendientes de pago a la Hacienda Pública. Estas retenciones se producen cuando la empresa, por la legislación tributaria, actúa como sustituta del contribuyente; por lo que la propia empresa actúa como recaudadora de impuestos, reteniéndole el importe bruto a pagar. Por ejemplo, al pagar 3.000 euros de comisión a un agente mediador independiente, se le retiene el 15% en concepto de IRPF. La factura sería:
Comisiones | 3000 | |
IVA, 21% | 630 | |
Retencion IRPF (15% X 3.000) | - 450 | |
Liquido a pagar | 3180 |
El asiento será:
3.000
630
|
(623) Servicios de
profesionales independientes
(472) Hacienda
Pública, IVA soportado
|
a
a
|
(4751) Hacienda
Pública, acreedora por retenciones practicadas
(570) Caja
|
450
3.180
|
La cuenta 4751 se saldará al efectuar el ingreso de la retención en Hacienda.
(4752) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades: Registra el importe pendiente del impuesto sobre sociedades a pagar.
Teniendo en cuenta que el impuesto sobre beneficios hay que contabilizarlo como un gasto, habrá que hacer un cálculo de la base imponible, y sobre este importe, se aplicará el tipo de gravamen que corresponda. Si la base imponible da negativa, el importe resultante de aplicar el tipo, se cargará en la cuenta 4745, a la que ya me he referido en la sección anterior.
Si la base imponible es positiva, habrá que realizar el siguiente asiento:
(6300) Impuesto
corriente
|
a
|
(4752) Hacienda
Pública, acreedora por impuesto de sociedades
|
Las diferencias temporarias las veremos en Contabilidad Avanzada.
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