Aplicación del resultado negativo

Si en un ejercicio económico hay pérdida, caben las siguientes posibilidades:

  1. Si hay reservas disponibles suficientes, podrá saldarse con cargo a dichas reservas.
  2. Si no hay reservas disponibles, o no son suficientes, podrá saldarse con cargo a la reserva legal.
  3. Si no se salda con reservas, y los socios aportan en efectivo para compensar la pérdida.
Los asientos a realizar serían, en este tercer supuesto, serían:


(57)
Tesorería
a
(118) Aportaciones de socios o propietarios
(118)
Aportaciones de socios o propietarios
a
(129) Resultado del   ejercicio


Y, por último, si no se salda ni con reservas ni con aportaciones:


(121)
Resultado negativo del ejercicio
a
(129) Resultado del ejercicio

Y, colorín colorado, la sociedad anónima, por mi parte se ha acabado. Ahora voy a preparar el tema de las diferencias permanentes y temporarias en el impuesto de beneficios. Podéis enviarme vuestras consultas y sugerencias.
Gracias por seguir el blog.

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