Reservas voluntarias

Son las constituidas libremente por la empresa. El origen estará en los beneficios no repartidos que quedan a disposición de la empresa, sin ninguna imposición legal ni estatutaria, o bien en otras reservas que eran indisponibles, cuando dejan de serlo. Pero los planes contables, después de definir esta cuenta, establecen el uso de esta cuenta en diferentes supuestos distintos de la aplicación de un resultado o de un cambio de reserva indisponible a reserva disponible. Veamos:

Cuando se produzca un cambio de criterio contable o la subsanación de un error, el ajuste por el efecto acumulado al inicio del ejercicio, de las variaciones de los elementos afectados por la aplicación retroactiva del nuevo criterio o la corrección del error, se imputará a reservas de libre disposición. Con carácter general, se imputará a las reservas voluntarias, registrándose del modo siguiente:

  • Se abonará por el importe resultante del efecto neto acreedor de los cambios experimentados por la aplicación del nuevo criterio contable comparado con el antiguo o por la corrección del error, con abono o cargo, en su caso, a las respectivas cuentas de los elementos patrimoniales afectados por este hecho, incluyendo las relacionadas con el efecto impositivo del ajuste.
  • Se cargará por el importe resultante del efecto neto deudor de los cambios experimentados por la aplicación de un nuevo criterio contable comparado con el antiguo o por la corrección de un error contable, con abono o cargo, en su caso, a las respectivas cuentas representativas de los elementos patrimoniales afectados por este hecho, incluyendo las relacionadas con la contabilización del efecto impositivo del ajuste

Recuerda, la cuenta es la 113 (Reservas voluntarias)

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