Desarrollo por subgrupos (IV)
FIANZAS Y DEPÓSITOS CONSTITUIDOS Y RECIBIDOS A CORTO PLAZO (56)
Este subgrupo recogerá las cantidades entregadas o las recibidas de terceros, garantizando el cumplimiento de una obligación, siempre que la operación tenga un vencimiento no superior a un año. También pasarán a este subgrupo las cuentas a largo plazo de los subgrupos 18 y 26 cuando las fechas de vencimiento no superen el año. Se contabilizarán siguiendo los mismos criterios que los subgrupos citados.
Comentarios
Publicar un comentario
Puedes dejar tu opinión, sugerencias y comentarios. Muchas gracias.