Desarrollo por subgrupos (IV)

FIANZAS Y DEPÓSITOS CONSTITUIDOS Y RECIBIDOS A CORTO PLAZO (56)


Este subgrupo recogerá las cantidades entregadas o las recibidas de terceros, garantizando el cumplimiento de una obligación, siempre que la operación tenga un vencimiento no superior a un año. También pasarán a este subgrupo las cuentas a largo plazo de los subgrupos 18 y 26 cuando las fechas de vencimiento no superen el año. Se contabilizarán siguiendo los mismos criterios que los subgrupos citados.

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