Correspondencia de cuentas de subvenciones, donaciones y legados (II)

Seguimos con la correspondencia de cuentas.

  • Cuando se recibe el importe de la subvención, donación o legado.


DEBE


HABER

(57) Tesorería




a
(4708)
Hacienda Pública deudora por subvenciones concedidas


(440)
Deudores

  • Cuando la subvención, donación o legado contabilizados en cuentas del subgrupo 13 se imputan a resultados:


DEBE


HABER
(130/131)




a
(746)






  • O bien:


DEBE


HABER
(132)




a
(747)






  • Si una subvención oficial se convierte en reintegrable por incvumplimiento de algún requisito o condición:


DEBE


HABER
(130, 132,740)




a
(4758)






  • Cuando se recibne la comunicación de que se nos ha concedido una subvención, cuyo no reintegro está condicionado al cumplimiento de ciertas condiciones:


DEBE


HABER
(4708)




a
(172)






  • Cuando se carga en la cuenta 172 las posibles contrapartidas de abono son: 

 LA DEUDA SE CONVIERTE EN NO REINTEGRABLE 

DEBE


HABER
(172)




a
(130,131,740)






LA DEUDA NO SE CONVIERTE EN NO REINTEGRABLE

DEBE


HABER
(172)




a
(4758)





 

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