Operaciones de efectos comerciales con intervención bancaria (II)

Veamos ahora (o repasemos, mejor dicho) lo relacionado con la gestión del cobro de las letras:

Gestión del cobro de las letras


El banco no nos anticipa el importe de la letra, nos lo abona cuando lo haya cobrado al vencimiento. En esta operación no hay intereses, ya que el banco no nos presta dinero, sólo hay comisiones y llevan IVA

  • Al entregar al banco los efectos:


DEBE

HABER



(4312)



a
(4310)


  • Al vencer la letra, el banco nos ingresará el importe líquido, descontando la comisión que lleva el IVA:



DEBE

HABER



(572)


(626)


(472)
a
(4312)

  • Al vencer la letra, no hay cobro y el banco nos cobra la comisión con IVA y los gastos de devolución sin IVA. Haremos entonces:


DEBE

HABER



(4315)



a
(4312)



(669)


(626)


(472)
a
(572)
 

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