Resumen del IVA
Muy buenas de nuevo. Tras un paréntesis, volvemos con el IVA. Os voy a exponer un resumen del IVA,
ENTREGA DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
A título oneroso
Entrega de bienes
- Regla general: Transmitir facultades de propietario.
Reglas especiales
- Construcción o rehabilitación de materiales que superan el 40%
- Aportaciones dinerarias de patrimonio empresarial
- Transmisión de bienes por norma o resolución administrativa
- Suministro de programas informáticos normalizados
- Autoconsumo de bienes
- Arrendamiento con reserva de domino (Opción de compra)
Prestación de servicios
- El ejercicio independiente de una profesión, arte u oficio
- Los arrendamientos de bienes, industria o negocio, empresas o establecimientos mercantiles
- Las cesiones de uso y disfrute de bienes
- Los traspasos de locales de negocios
- Los transportes
- Los servicios de hostelería, restaurante o acampamento
- Los préstamos y créditos en dinero
- Suministro de productos informáticos cuando no sea entrega de bienes
Realizada por el empresario o profesional
- Quienes realicen actividades profesionales o empresariales
- Las sociedades mercantiles, salvo prueba en contrario
- Los arrendadores de bienes
- Quienes urbanicen terrenos, promuevan, construyan o rehabiliten edificaciones destinadas a la venta
Actividad empresarial o profesional
- Ordenación por cuenta propia de factores de producción, materiales, humanos o de uno de ellos
Realizada en TAI (Península o Baleares)
Entrega de bienes
- Cuando no exista transporte o expedición fuera del territorio
- Existiendo transporte o expedición fuera del territorio se inicia el TAI
- Cuando los bienes sean objeto de instalación o montaje con requisitos
- Cuando se trate de bienes inmuebles que radiquen en el territorio
- Las entregas de bienes a pasajeros (buques, aviones o trenes) en UE, iniciado en TAI
- Gas y electricidad
- Ventas a distancia (bienes entregados en España se transportan desde otro estado de la UE)
Operaciones no sujetas
- Las entregas gratuitas de muestras
- Las entregas sin contraprestación de impresos u objetos de carácter publicitario.
- Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia laboral o administrativa
- Las operaciones realizadas directamente por los Entes públicos sin contraprestación.
- Las prestaciones de servicios gratis, obligatorias para sujeto pasivo por normas jurídicas (abogado de oficio)
Operaciones exentas
- Exenciones en operaciones médicas y sanitarias
- Exenciones relativas a actividades educativas
- Exenciones en operaciones de seguro y financieras
- Exenciones inmobiliarias
- Otras exenciones (por ejemplo, Loterías)
gorka, te felicito por tu blog, menudo contenido te has mandado tio! desde madrid dejo mi blog, https://freezl.es/ y te envio afectos y buen año
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